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¡Hola a todos!. Nuestro caso es el siguiente: No cobramos la renta del alquiler desde agosto y tenemos presentada una demanda de desahucio. Ayer supimos que la inquilina se ha ido del piso, sin avisarnos, y que su hijo, mayor de edad, se irá la próxima semana. Si realmente abandonan el piso y nos dejan las llaves delante de la puerta...y el piso queda vacío: ¿Que opciones tenemos para evitar que lo vuelvan a ocupar, o peor que otro caradura se instale en él?
La fecha del juicio, es, en principio a principios de febrero, pero nos sentimos tan impotentes, pues es injusto que no podamos cambiar la cerradura. La inquilina, negándose a firmar renuncia del contrato. Ahora, por lo que sabemos, ya no hay ni luz en el piso, por eso suponemos que se largan de una puñetera vez... ¿Alguien de ustedes ha pasado por esto?. Gracias, de antemano, por cualquier asesoramiento que nos den.
Hola,
ésto es muy habitual y debe hablarlo con su abogado que para eso le ha pagado. NO puede entrar en la vivienda, ha de esperar a la fecha de lanzamiento a menos que le firmen la entrega de llaves.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
Apreciada Maria Silvia:
La única opción que tienes ante la incomunicación con la arrendataria, es continuar con la vía que has iniciado y que era a su vez, la única que tenías en su momento, el procedimiento de desahucio.
Además, te aconsejaria que todas estas cuestiones se las preguntes a tu abogado que es el que mejor conoce el tema. Además es un deber de los abogados informar puntualmente a nuestros clientes.
Atentamente:
GUIMARAENS ABOGADOS
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular.
Tramitamos procedimientos en toda España.
Teléfono: 93 4879483 - 655085046.
C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona.
Quien mejor les podrá informar será el abogado que les está defendiendo en el desahucio, pues él conoce mejor la situación. Legalmente no pueden entrar en el piso hasta la resolución judicial, salvo que finalmente los inquilinos firmasen un documento acreditativo de su marcha o entregasen las llaves en el juzgado. Pueden informarles de que si dejan las llaves en el juzgado interrumpen el crecimiento de la deuda.
Estimada María. La única posibilidad es la via judicial que ya han abierto, no hay otra opción. Asi que deberán tener paciencia hasta el momento en que se realice el deshaucio. Siga los consejos de un abogado de su confianza.
Un cordial saludo
Jaime Feiner