Buenas tardes, Tengo un local arrendado por el cual ya nos deben 2 mensualidades y queremos remitir burofax de preaviso de inicio de deshaucio. En casi todos los modelos veo que se aplica un plazo de 30 días para que regularicen el pago antes de iniciar el deshaucio. El plazo de 30 días ha de ser ese, o puedo aplicar un plazo menor, por ejemplo de 7 dias? No quremos que se demore mucho más Muchas gracias de antemano
Buenas tardes, Vanessa Puedes poner el plazo que quieras, pero si es inferior a 30 días, el arrendatario podrá enervar el desahucio cuando presentes la demanda por impago, de conformidad con el artículo 22.4 LEC. Te aconsejo que no utilices formularios, sino que acudas a un abogado especializado, ya que, como ves, hay muchas cuestiones que tener en cuenta y parece que necesitas un buen asesoramiento. Un saludo, www.deSalvador.es Especialistas en Derecho Inmobiliario
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