Apreciado Mario:
En primer lugar he de comentarte que el plazo para solicitar el abogado de oficio es de cinco días y el de tres es para pedir la citación de testigos o peritos que no pueda llevar usted voluntariamente.
Dicho lo anterior, no te recomiendo que hagas lo que comentas ya que el juez no atenderá tu alegación con total seguridad porque, en primer lugar y si es escrupuloso con la Ley, ni siquiera deberá escucharte porque no vas debidamente representado ni defendido.
En segundo lugar, tampoco te hará caso porque el artículo 6 del Código Civil dispone lo siguiente: "La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.".
Dicho todo lo cual, te recomiendo que busques un abogado que no te tiene que cobrar demasiado dinero y aunque no tengas muchas vías de defensa, con sus conocimientos jurídicos, te negocie con la otra parte una reducción importante de la deuda u otra alternativa que te interese.
Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Atentamente,
Guimaraens Abogados
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