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roly

inquilino/a

Me han citado en los juzgados por un desahucio, ¿asisto para afrontar algo que me parece injusto?
Hace casi 3 meses dejé un piso, sin deudas pendientes y en condiciones (pintado) incluso perdiendo mi fianza; por otro piso, también de alquiler pero del gobierno; todo esto sin la venia del propietario porque quiere sacar tajada por haber yo firmado un contrato por 5 años sin darme cuenta.

De todo esto, me ha citado en los juzgados, y parece que también quiere beneficiarse dor daños y perjuicios porque según él no puede vender el piso como cuando me lo dio y esa diferencia la quiere, la de un piso de segunda mano con la de uno nuevo.

¿qué puedo hacer?, si en su momento les conseguí incluso hasta otro nuevo inquilino para no perjudicarlo y con las mismas condiciones y no lo quiso.

Por favor alguien que me pueda orientar, pues tengo que ir a los juzgados y lo único que tengo en España es mi sueldo.
  • Preguntado por: roly
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
BUFETE JOVER ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Es justamente para defenderse de lo injusto cuando hay que acudir a los tribunales, para lo que tendrá que hacerse con un buen abogado.

    El hecho de que el arrendador no pida en su demanda el cumplimiento íntegro del contrato, como podría haber hecho, y en cambio pida el desahucio limita enormemente las posibles consecuencias negativas de la sentencia para el arrendatario. Si el arrendatario devolvió las llaves y puede probarlo, la demanda del arrendador se queda vacía de contenido, pues ya tiene lo que pide, la disponibilidad de la vivienda. Si el arrendatario no pudiera probar que ha devuelto las llaves, los perjuicios podrían llegar hasta la fecha en la que el arrendatario pueda probarlo, cuanto antes mejor, aunque sospecho que el mismo arrendador ya lo reconoce en su demanda.

    Sería distinto si en lugar de pedir el desahucio hubiera pedido las rentas de los años que faltan por cumplir, aunque incluso en ese caso, el hecho de haber recibido las llaves y disponer de la vivienda, le concedería pocas probabilidades de éxito.

    Si el arrendador pide el desahucio y también pide indemnización por perjuicios tendrá que probar esos perjuicios, que nunca podrán ser especulativos sino limitados a las rentas por alquileres dejadas de percibir existiendo contrato en vigor y obligación del arrendatario de pagarlas, pero siempre con el límite de la recuperación de la vivienda.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • BUFETE JOVER

    profesional

    La verdad es que no entiendo qué es lo que quiere sacar de aquí el propietario del piso. Si usted dejó la vivienda en buenas condiciones no puede reclamarle nada. No es de recibo que le reclame la pérdida de valor del piso, pues ello es algo ajeno a su voluntad.

    Lo único que puede llegar a pedir el propietario es una indemnización de una mensualidad de renta por cada año que reste por cumplir, y sólo si se ha pactado expresamente en el contrato de arrendamiento.

    Por otro lado, entiendo que usted puede llegar a reclamar la fianza puesto que la misma debe retornarse al arrendatario tras la finalización del arrendamiento.

    Por tanto, mi consejo es que comparezca al acto de juicio y se defienda, puesto que de lo contrario le darían por confeso. Eso sí, la ley establece que debe ir asistido de abogado y representado por procurador.
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