¿Qué puede pasar si dejo de pagar el alquiler porque el casero no se pone en contacto conmigo?
Hola, estoy viviendo en un piso de alquiler y el contrato se termina en febrero, pero he decidido marcharme antes. Perdí el número de teléfono de la persona que me alquila el piso y para poder informarle he decidido mandarle una carta para que me llame, como no lo hace le dejé de pagar el último mes. ¿Esto me puede traer consecuencias? Quiero irme el 1 de diciembre y el propietario tiene 2 mensualidades como fianza. ¿Tendré que abonarle el total de mensualidades que faltan por terminar el contrato, y si no se pone en contacto conmigo porque no se da cuenta que no he pagado? Qué debo hacer? Gracias y un saludo.
Hasta que no llegue el vencimiento del contrato no te puedes ir. Es decir, si tu contrato termina en febrero, hasta febrero.
Deberás avisar al casero con 30 días de antelación (a menos que el contrato ponga otro plazo).
Si has perdido el número de teléfono, le puedes mandar un burofax. Pero no pidiéndole que te llame, sino diciéndole lo que pasa.
Si te vas antes del vencimiento del contrato (antes de febrero), el casero te puede exigir que pagues las mensualidades hasta el vencimiento, vivas o no en la casa, o hasta que se encuentre otro inquilino (en ese caso el casero no perdería dinero y por lo tanto no te lo podría reclamar tampoco).
Mi consejo es que te esperes hasta febrero (que sólo son unos meses) para evitarte jaleos. Si estás decidido a marcharte antes, manda un burofax a tu casero indicándole cuándo te vas y que se ponga en contacto contigo para acordar cómo va a ser la entrega de llaves, de fianza, inspección del piso, etc. Y si te pone algún problema, dile que te comprometes a buscar a un inquilino (del agrado del propietario) para el piso.
Recuerda que se lo debes avisar con 30 días de antelación. Es decir, él tiene que recibir el burofax 30 días antes de que te vayas (o más si lo pone el contrato). Ten en cuenta el tiempo que tarda en llegar el burofax.
Pero de ninguna manera tienes justificación para dejar de pagar el alquiler. Además eso te puede traer problemas y gastos mayores...
Tiene que abonar todas las mensualidades y no vale sustituirlas ni por la fianza ni otras garantías. La fianza es para responder de desperfectos, averías,.... Si vd. se marchara a mediados de año, sin cumplir el contrato, si el arrendador le demanda judicialmente un juez le condena al pago de mensualidades que faltan hasta el término del contrato o prórroga o hasta que el arrendador vuelva a alquilar la vivienda. Muchos gastos,de abogados, procuradores, costas judiciales,... Mejor negociar y, aún perdiendo una o dos mensualidades le saldrá económico. Otra solución es esperar al final de la anualidad o prórroga comunicando por burofax con acuse de recibo 30 días (o más s/ contrato) antes de la finalización en Febrero. Ese mes, el último día se reúnen ambos para revisión del piso, mobiliario, electrodomésticos, desperfectos, averías, consumos pendientes ( o figurar lectura contadores) y firmar ambos documento de final de contrato, con copia para cada uno. El arrendador tiene un mes de plazo para solicitar devolución de fianza de donde la depositó. Del importe de la fianza y garantías deducirá el importe de desperfectos, averias, consumos.... y le pagará la diferencia.
Recuerda: Sabe más el diablo por viejo que por diablo. Saludos,
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