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El arrendador tiene 2 meses de fianza. en lugar de devolvermela cuando me marche puedo terminar de pagar los ultimos dos meses una vez que le envie la crta de preaviso con 2 meses de antelacion?
Gracias
Rotundamente no. Puede ser demandado por impago, pues la fianza no sirve para compensar alquileres, aparte que debería estar depositada en el organismo de la comunidad autónoma, con lo que repercutiría un perjuicio para su arrendador, q tiene 30 dias legales a la finalización del contrato para devolversela