Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por
ambas partes, e implican derechos y obligaciones para ambas partes.
Sí. Para el inquilino
también.
El arrendador tiene el
derecho de cobrar la renta
de anualidades completas y la obligación de tener al
inquilino hasta 5 años .
El arrendatario
(es decir, tú) tiene la
obligación de pagar la renta y de permanecer el tiempo al que se hubiera comprometido, y,
derecho a prórrogas por, anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años.
Si el arrendatario o inquilino da por terminado el contrato unilateralmente, el casero le puede
demandar por
incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez le condene a
seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse o hasta cumplir el tiempo pactado, y además, y
esto es muy caro, al correr con las costas del juico.
Si al inquilino le es imposible esperar a que se cumpla el año, debería intentar convencer a su casero para que, en vez de demandarle, acepte una cantidad negociable de varios mees de renta a modo de indemnización por el incumplimiento.
Lo mejor: Negociar con el casero o quedarse en el piso el tiempo pactado.
Lo peor - por caro - para el inquilino, será ir a juicio.
Saludos
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/