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voy a firmar un contrato de alquiler de una duración mínima de un año ( prorrogable). Mi duda es, si al pasar los seis meses rescindo el contrato por cualquier causa personal, si tengo que pagar todo el año de alquiler restante, o antes de firmar hay que negociar dicha indemnización en caso de que suceda.. Muchas gracias. jose
Hola josse:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Ley-de-Medidas-de-Flexibilizaci%F3n-del-Mercado-del-Alquiler-.htm
reciba un cordial saludo
Josse lo que conviene es que antes de firmar ese contrato lo lea atentamente y si no lo ve claro vuelva a preguntarnos, con el dato exacto
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
andres_uu entonces en ningun caso, el dueño podría exigirme que le pague el año completo al abandonarlo antes de tiempo,no? esto es lo que me preocupa, ya que en principio no quiero marcharme antes de tiempo pero nunca se sabe lo que puede pasar, y prefiero estar informado antes de firmar. Además al cambiar la ley de alquileres hace poco, no lo tengo muy claro
Muchas gracias por vuestras respuestas y ayuda.
Puedes irte no solo el sexto mes, tambien el septimo, octavo, etc. Siempre al termino de la mensualidad y notificandolo previamente con un mes de antelacion minimo.
si hay indemnizacion pactada será de medio mes de renta si te vas a los 6 meses y un poco menos si te marchas mas tarde.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Antes de firmar nada, debes leer detenidamente el contrato, si no dice nada al respecto, podrás abandonarlo a los 6 meses con el preaviso de 30 dias. Si no lo abandonas entonces, tendrás que cumplir los años integros, tanto el primero como los sucesivos.
En principio si te puedes ir a los meses, tendrías eso si que avisar 1 mes antes. No obstante el contrato puede tener alguna cláusula de indemnización por irte antes de X tiempo.
Así que si estás pensando que posiblemente no dures mucho, asegúrate de que no hay ninguna cláusula que te obligue a indemnizar al casero.