Saludos Salgo de un alquiler y en la clausula de OBRAS pone los siguiente: La parte arrendataria no podrá ralizar ningún tipo de obras sin la autorización de la propiedad. Estas obras si las hubiere, previa autorización por la parte arrendadora quedaran siempre en beneficio del inmueble sin que tenga derecho a indemnización alguna. Mi pregunta es los Split y los compresores son míos. Me los puedo llevar? Entiendo que la instalación no pero las maquinas si.. Gracias
Debe tener en cuenta el concepto de bien mueble del Código Civil, lo que se puede retirar sin menoscabo del inmueble en el que se encuentra . Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
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