Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Adrian

inquilino/a

Rescisión contrato arrendamiento
Hola buenos días,
desde el 1 de septiembre vivo de alquiler en un piso con mi pareja, por el cual firmé un contrato de arrendamiento de 1 año. Por motivos personales queremos mudarnos a otro piso, tengo dos preguntas:

-Cuando podemos irnos legalmente del piso? Después de los 6 meses? Antes de los 6 meses? El contrato solo especifica que debemos avisar con un mes de antelación al término de la anualidad si no queremos renovar. 
-En que casos podemos optar a recuperar la fianza depositada equivalente a un mes de alquiler?
Gracias de antemano
  • Preguntado por: Adrian
  • Hace 7 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Adrían si se marchan antes de los seis meses deberán indemnizar al casero, con los alquileres que debía percibir y no perciba, si se marchan a los seis meses y preavisan con treinta días de antelación no tendrán que pagar nada.
    La fianza responde de las deudas y desperfectos que dejen al terminar el contrato, si no hay ni lo uno ni lo otro el casero está obligado a devolver esa fianza.
    Pedro Hernández del Olmo, abogado
    Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas