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Ricardo García Vera

inquilino/a

Rescindo el contrato de alquiler según las condiciones pactadas con el propietario, ¿cómo recupero la franquicia depositada?

Hola:

He rescindido mi contrato de alquiler del piso que hasta dia de hoy tenia arrendado, tras cumplir las condiciones pactadas segun contrato, hago la entrega de las llaves del inmueble al propietario y con el convecimiento de recuperar los 1800€ de franquicia que deposité para en su dia para la recogida de llaves a la hora de firmar dicho contrato, tal y como me exigian en las condiciones de arrendamiento.

Pues bien, el propietario me comenta que dispone de un mes para devolverme dicha franquicia ( que así le ampara la ley vigente ) y que debe de hacer numeros para saber cuanto me ha de devolver.

es esto cierto ?, yo quiero recuoerar mi dinero igual de rapido lo deposite cuando me lo exigieron

Que numeros ha de hacer el propietario?, se supone que de recuperar lo depositado, no?

que he de hacer?

  • Preguntado por: Ricardo García Vera
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Sólo un matiz. La ley le permite retener la fianza, pero no el depósito. Todo lo que supere el mes de alquiler es considerado depósito y no fianza, asi que el "sobrante" debería haberlo devuelto en el momento de la firma de rescisión de contrato.

    A partir del mes, mande burofax reclamándole el importe de la fianza, dando un nº de cuenta donde abonarla y un tiempo prudencial (3 ó 4 dias), y en caso de negativa o de no hacerse el ingreso, presentese en el juzgado y pida un juicio verbal para recuperar la fianza

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En efecto, la ley le da un mes para devolver la fianza.

    aunque si fuera decente, como mucho, solo tardaría ese tiempo en reclamar el equivalente a un mes que tuvo que haber ingresado en vuestra comunidad autónoma.

    lo de "las cuentas" tenías que habérselo preguntado.

    en teoría las únicas cuentas que hay que echar son para liquidar los últimos consumos de luz, agua, gas, etc. Pero no es que "las tenga que echar él". Deberíais "echarlas juntos".

    si habéis reflejado en el documento de fin de contrato y devolución de llaves que la casa se entregó sin desperfectos, recuperarás tu fianza sin problemas.

    si no lo habéis hecho. A saber.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

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