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Creo que la salida de humos está cerca de la casa y las paredes del baño están cubiertas de grasa. No tenía conocimiento de esto y no sé si puedo considerarlo vicio oculto y desistir del contrato de alquiler.
Podría denunciarlo al ayuntamiento siempre y cuando no cumpla la normativa que esté en la Ordenanza respecto a la ventilación.
Hola decmy:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.t
Claro decmykargb, tiene que tener muy en cuenta lo que le dice PHOLMO. Incluso me atrevería a decir que para acreditar el carácter de inhabitable haría falta el dictámen de un perito que demostrase que el nivel de humos del bar hace inabitable la vivienda.
Esos 'humos' solamente serán significativos en su contrato si hacen inhabitable la vivienda, no a su juicio sino al del JUEZ.
¿Pero se puede considerar como vicios ocultos el tema de la salida de humos? Cuando visité la vivienda no se detectaban olores y ahora tengo el olor incrustado en la nariz.
Voy a comentarlo con ellas a ver qué me dicen, pero veo que me va a tocar aguantarme y oler a frito 6 meses y pagar 1 mes de penalización al irme.Soy propietaria de un piso que tengo arrendado y flipo con las malas prácticas de algunos caseros.
decmykargb: esa "cláusula" o "maniobra" que nos comenta es nula de pleno derecho. Las partes no pueden decidir cual es la norma que regula su relación. Ud. sigue teniendo el derecho a desistir a los 6 meses, por más que el contrato diga que siguen rigiéndose por la LAU "anterior".
Gracias León, como decía, me cambiaron el contrato e incluyeron la lau 29/1994 en lugar de la lau 4/2013 por lo que tengo un año en lugar de 6 meses.
Gracias PHOLMO, la vivienda está en perfectas condiciones, recién pintada (aunque no la han limpiado) y cuando revisé la vivienda, coincidió que no era horario de cocina porque no olía, abrí las ventanas y comprobé el estado del patio. Creo que los propietarios son dueños del local tambien ya que son dueños del edificio.
Intentaré hablar con ellos a ver si tuviéramos alguna alternativa. No puedo tender la ropa en la cuerda porque coge el olor del patio. No me informaron de esto y no sé como plantearlo.
Por otra parte, el borrador del contrato que me pasaron lo cambiaron en el momento de la firma y en lugar de ir con la ley actual incluyeron la LAU 29/1994 para poner que en lugar de 6 meses la estancia mínima obligatoria es de 1 año.
Estando de acuerdo con el compañero PHOLMO quisiera añadir que también tiene la opción de desistir del contrato de arrendamiento pasados los 6 meses iniciales, si bien debe tener cuidado de comprobar que en el contrato no haya cláusulas penales para dicho supuesto.
La convenía haber leido el DECALOGO DEL INQUILINO, ahora ha firmado el contrato y probablemente una clausula en que afirma haber examinado la vivienda y encontrarla de su conformidad, la queda la opción de denunciar al Ayuntamiento a ese Bar, si incumple la normativa de salida de humos, puesto que frente a su casero solamente puede actuar si la vivienda es inhabitable por ese motivo.