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OscarCB

inquilino/a

¿Puedo rescindir el contrato de alquiler si la arrendataria ignora cualquier escrito que les remito?

Hola a tod@s

Resulta que en Octubre del año pasado alquilé una vivienda propiedad de  banco y tuvimos problemas a la hora de dar de alta los suministros.

Puse una queja conforme tuve que pagar otro alojamiento mientras conseguía habilitar la vivienda que me habían arrendado por lo cuál solicitaba dos meses de carencia en el alquiler (550 € en total)

Esto fue allá por el 22 de Noviembre y a día de hoy sigo sin respuesta, es más, en cuanto me retrasé un día en el pago de la primera cuota me estaban llamando de la gestoría reclamando el importe; pero de mi solicitud nada.

El tema es que ya estoy cansado y quiero rescindir el contrato ya que han pasado completamente de mí sin atender a ninguno de mis escritos. ¿Legalmente puedo hacerlo enviando el escrito?

El piso nos lo enseñó una inmobiliaria ¿tendría que entregarles el escrito a ellos si el banco me sigue ignorando?.

Gracias de antemano por vuestra ayuda

  • Preguntado por: OscarCB
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Belreal ha sido el primero en contestar
Belreal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola oscar:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrado-con-posterioridad-al-5_6_2013.htm

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • SARA2237

    inquilino/a

    No puedes porque el propietario tiene que hacer casao sino puedes quedarte el piso 1 mes mas por carta o escrito que le hayas enviado

    • Respondido por: SARA2237
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En este momento, salvo que tenga una clausula de penalización en su contrato, puede simplemente preavisar con un mes de antelación su proposito de dar por terminado el contrato sin necesidad de alegar ninguna razón para ello, eso si conviene que ese preaviso se lo haga al banco demodo fehaciente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Belreal

    casero/a

    No soy experta en esto pero creo que necesitas algo mas "consistente" que la simple copia del escrito que les remitiste, es decir, si esta tiene sello de registro de entrada del banco o algo asi, vale, pero si no, es tu palabra contra la de ellos, a lo de haberlo recibido me refiero. Te aconsejo que vuelvas a remitirles otro escrito exponiendo tus quejas de nuevo y diciendoles claramente que daras por rescindido el contrato si continuan sin atender tus demandas, aportas copia del primer escrito que les remitiste y esta vez, lo envias como burofax, en la oficina de Correos que tengas mas cercana. Asi sí tendra toda la cobertura legal que necesitaras despues si a la hora de la rescisión eficaz del contrato, la necesitas.

    Un saludo.

    • Respondido por: Belreal
    • Hace 10 años
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