¿Qué límite de tiempo debe darme el arrendador para mudarme sin pagarle arriendo?
Vivo en arriendo hace 18 meses pero ya me voy a mudar y no tenemos contrato de arriendo y el señor quiere abusar con el pago del siguiente arriendo y creo que no se lo debo pagar porque me voy a mudar.
Daniel, al marcharte antes de que se cumplan los dos años, estás "rompiendo" el contrato. Si te marchas sin pagar el último mes también estás faltando a tu contrato.
Por ambos motivos, tu casero, podría llevarte a juicio.
Según la jurisprudencia, (lo que les ha pasado a otros) probablemente te condenarían, como dice Ramón, bien a pagar los 6 meses que faltan, bien a pagar mes a mes hasta que tu casero arriende a otra persona. Pero es que , además, probablmente también te condenarían a pagar las costas del juicio.
Por eso es conveniente que no hagas nada sin pactar con tu casero, porque te podría salir muy caro.
Es práctica habitual que algún casero acepte un mes de renta a cambio de no demandar. (Ten en cuenta que ese contrato que tu quieres romper unilaterlamente, ata sin embargo a tu casero contigo durante al menos cinco años).
Me suena un poco sudamericano tu acento. No sé si será por eso que no comprendo bien qué se eso de que "quiere abusar con el pago del siguiente arriendo"
¿Es el arriendo de tu próxima vivienda o es la renta del siguiente mes de la que ahora ocupas?. Como a lo 1º no le veo sentido, me quedo con la 2ª.
Pues, si llevas 18 meses, tu casero te puede exigir el pago de los 6 que faltan para los 2 años, tanto si te vas, como si te quedas.
Liquidado eso y entregadas las llaves, tu casero tiene un mes para hacer el recuento de despperfectos, repararlos y descontárte su coste de la fianza, antes de devolvértela.
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