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con cuánto tiempo debo de avisar al propietario?
tengo que pagar el resto de mensualidades?
Los contratos se firman para ser cumplidos por ambas partes, y otorgan derechos y obligaciones a ambas partes.
El inquilino tiene derecho a estar hasta 5 años (a veces 8) , y la obligación de cumplir anualidades completas, y el casero también tiene la obligación de tener a ese inquilino (hasta 5 años si él quisiera) y el derecho a cobrar la renta de cada anualidad completa.
Si el inquilino se marcha antes de tiempo, no importa que preavise, y el casero le demanda, lo habitual, lo que la jurisprudencia ha dictado en ocasiones similares, (cuando las partes no llegaron a un acuerdo y acabaron en los Tribunales) es que el inquilino deba pagar la renta hasta que se termine la anualidad en curso o hasta que el piso se vuelva a arrendar. Es decir, otro inquilino, le libera del pago. Además, y esto sería lo más caro, el inquilino que incumplió el contrato suele ser condenado en costas (abogados y procuradores de ambas partes)
Por todo esto, no es infrecuente que el inquilino ofrezca al casero una indemnización (a pactar si no se estipuló nada en el contrato ) a cambio de firmar una resolución bilateral de contrato, y evitar un pleito desagradable, largo y caro.
Si el inquilino no puede esperar al fin de la anualidad, le saldrá más barato pagar 2 ó 3 mensualidades a modo de indemnización que un pleito con sus costas, y con una sentencia probablemente como la que te he comentado.
En mi página tienes un resúmen de información general sobre el arrendamiento y un enlace a la LAU.
Has de llegar a un acuerdo con el propietario, porque sino puede obligarte judicialmene a pagar hasta el vencimiento del contrato. Los contratos normalmente se firman para cumplirlos,