Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenos días a todos.
Llevo en la misma casa de alquiler desde el 1 de julio del año pasado. Desde hace un par de meses tenemos muchísimas humedades y moho, además de que el piso de arriba que es de madera tiene el suelo curvado y la madera de revestimiento del techo se está curvando también.
Nos sentimos inseguros en la casa porque no sabemos si van a ceder las maderas, además de que el moho no es nada bueno para nuestra salud.
Cada vez va a más, y los del seguro dicen que seguramente eso viene de los cimientos húmedos de la vivienda, por lo que tardaría mucho en solucionarse.
La pregunta es, ¿podría finalizar el contrato de arrendamiento antes de cumplir el año para cambiarme de casa dadas estas condiciones? Sólo sería un mes antes de la finalización, puesto que me iría el 1 de junio.
Muchas gracias a todos.
Un saludo.
Sin perjuicio de lo acertado de la respuesta de Oscar cabe añadir queen los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador, para resolver el conflicto en sede judicial.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
La inhabitabilidad de una vivienda hay que demostrarla con un informe pericial. Pero entiendo que a falta de tan poco tiempo para irte, no te merezca la pena solicitar el informe y poner una demanda.
Como solo sería un mes de renta, te saldrá más barato pagar el mes (aunque te vayas) que no hacerlo y ser demandado
Saludos - Papeleos Alquiler.
Solo podrás hacerlo de común acuerdo con el arrendador, o bien con la sentencia de un juez.
Si decides irte igual, ten documentación preparada por si te demanda.
Esta pregunta la hiciste hace unos dias, la respuesta es la misma.
Ah, si la haces la semana que viene, la ley no habrá cambiado y seguirá siendo la misma.