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yo alquile un piso en febrero del 2012 y en octubre del 2012 ya quiere que deje la casa porque la necesita para su hijo, y que cuando llegue febrero del 2013 dice que ya no me va a renovar el contrato, yo hice un traslado a su casa con una mudanza que me costo mucho dinero porque me quitaron mi casa unos mese antes y tuve que llevarme los muebles que tenia, y ahora no puedo recoger el dinero otra vez para hacer una mudanza y pagar los meses de fianza para un piso nuevo. en el contrato pone que al año si alguna de las partes cambia de opinion avisara al otro con un mes de antelecion, pero no se si el propietario tiene derecho a hacer eso o como he leido que la ley renueva por defecto al año y el propietario no puede hecharte hasta que pasan minimo 5 años, aunque creo que ahora la ley ha cambiado a 3 años, agradeceria me resolvieran esta duda.
Muchas gracias con antelacion
Tienes derecho a permanecer en la vivienda un dínamo de 5 años en la vivienda en prorrogas anuales siempre que pagues la renta, a no ser que al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial.
O sea, querespuestas ta exacta a tu pregunta en tu caso, está en tu contrato,leerlo detenidamente.