Buenos días, Tal como le dice Victor G, la no prorroga por necesidad de vivienda sólo es exigible a partir del año, hasta dicha fecha no ha obligación por parte del arrendatario a abandonar la vivienda...La propuesta del burofax no daña, puesto que lo que abunda nunca lo hace, pero no es necesario, usted simplemente debe continuar cumpliendo su contrato de forma "pacifica", con eso bastaría.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.