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Lo queremos dejar ya el 1 de marzo.
gracias
No coincido con Oscar con los datos que aporta y sin leer el contrato parece que ese contrato ha agotado su duración y por lo tanto se encuentra en prorroga legal (tacita reconducción) que será mensual o anual dependiendo de si el alquiler se pactó mensual o anual. En el primer caso podría marcharse en marzo, preavisando ya.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Tienes que avisar con un mes de antelación, y solo lo puedes abandonar en el cumpleaños del contrato, es decir, dependiendo de como esté redactado el contrato, debes avisar el 28 de Febrero para dejarlo el 30 de Marzo, o bien el 15 de Marzo para dejarlo el 15/04.
Cuando desalojes la vivienda no olvides firmar el documento de fin de contrato de arrendamiento.
Saludos
Oscar