Virginia. Contesto a sus preguntas:
¿el último día de contrato sería el 15 de mayo? ASí lo entiendo yo, deberían haberle hecho constar el día, hora y lugar de entrega de llaves.
¿Y para el mes de mayo habría que pagar solamente la parte proporcional de esos 15 días? No hay una doctrina judicial unánime, yo entiendo que efectivamente deben pagar los días "consumidos" de alquiler.
¿Nos puede exigir el propietario permanecer y/o pagar hasta que se cumplan esos 60 días? Considero que esa cláusula va en contra del artículo 6 de la LAU y por tanto es inexigible
Pedro Hernández Olmo, abogado