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Somos cuatro personas en un piso, pero el contrato está a nombre mio y de otro inquilino. En principio el piso está alquilado de diciembre a abril, hemos pagado la primera cuota a principios de diciembre, y esta no equivale a una mensualidad, sino a la mitad del total del alquiler, es decir, dos mensualidades y media y media fianza; y a principios de febrero la otra mitad.
Yo mismo no puedo hacerme cargo de mi parte por falta de trabajo y me veo obligado a irme antes de pagar la segunda mitad en febrero.
La pregunta es la siguiente, ¿nos podemos ir todos los inquilinos del piso antes de que finalice el contrato sin que nos pase nada? ¿y el dueño podría tomar medidas contra mi en caso de que yo me marchara del piso, aunque los otros tres inquilinos se quedaran y le pagaran lo correspondiente al contrato? (recuerdo que el contrato también está a mi nombre a parte del de otro inquilino).
1.- No pueden marcharse, por las buenas, recuerde el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
2.- En tal caso debería formalizar un nuevo contrato en el que vd. no figurara.
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