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hola entre en ese piso con un contrato de cinco años renovando cada añoy los cumpli ahora hicimos otro igual pero me faltan 4 mese para cumplir el primer año de este nuevo contrato. resulta que por circustancias me quiero mudar a otro piso de alquiler y quisiera saber como tengo que hacer para avisar al dueñoy no tener problemas.
me parece que tengo que habisarlo con 30 dias antes de marchar del piso, pero quisiera saber tambien si la fianza me la tendria que dar ya que estoy al corriente de todos los pagos la casa esta impecable y no hay desperfectos y lo voy a avisar con 30 dias. me puede penalizar por rescindir el contrato antes de que finalize el año de contrato. por favor espero sus respuestas, muchas gracias por atenderme
Hola Laura:
Conforme a la claúsula transcrita si usted desiste del contrato antes del 24 de Enero de 2014 perderá la fianza.
reciba un cordial saludo
Lura, al reves. Tienes que pagar hasta el 24 de enero de 2014.
salvo acuerdo con el porpietario en otro sentido.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Su problema principal es el cumplimiento del contrato existente, lo de la fianza es importante, pero secundario y le repito, no se meta en lios innecesarios firmando el contrato de otro piso, sin haber resuelto primero el actual.
el no deposito la fianza en ningun organismo que sela quedaba el . lo seporque no pude declararlo lo dela fianza en hacienda y fue cuando me lo dijo que no la iba adepositar en ningun lado
el en el contarto me pone lo siguiente:
concluido el contrato y cumplido por el arrendatario su contenido en todo sus termino, el arrendador le reintegrara dicho importe o la diferencia que resulte de dicho cumplimiento. La fianza respondera asimismo en su totalidad de la resolucion unilateral del contrato por el arrendatario o por causas imputables al mismo, antes de su fecha de expiracion anual (31 de enero del 2012) o de sus sucesivas prorrogas y de la falta de notificacion al arrendador con el preaviso de 30 dias (ya mencionado anteriormente )de no prorogar el contarto
Al haber firmado el contrato el 24 de enero no te puedes ir hasta el 1 de febrero del 2014 eso si quieres ver tu fianza. Si te vas antes tienes que indemnizar al casero con los meses que queden hasta finalizar la primera anualidad. si te decides a esperar tendrías que avisar a tu casero en diciembre para decirle que te vas ya que tienes que avisarlo con 30 días antes de la finalización del contrato.
Si el casero acepta que te vayas y llegais a algún acuerdo, la fianza la peude retener hasta 30 días, ya que se tienen que pagar los suministros porque quedarán pendientes y tiene que revisar la vivienda. A parte que si la ha depositado en el organismo correspondiente tardan en devolverla, que muchos inquilinos os pensais que las tenemos nosotros y no es así.
lauraf .- Visto que mañana firma el contrato del nuevo piso, no lo veo aconsejable, hasta tener primero resulto el contrato con el anterior que ocupa, no sea que se encuentre luego que tiene que cumplir con dos contratos, no se precipite y actue ordenadamente.
o sea que si podria desistrir el contrato sin penalizacion habiendolo firmado el 24 de enero del 2012 y tendria derecho a mi fianza
E lcontrato del piso esta firmado con fecha de 24 de enero del 2012
No, del actual. Solo si es posterior a 6 de junio podras desistir notificando con un mes de antelacion y con la indemnizacion si está pactada. Si es anterior debes cumplir la anualidad completa.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Olvidé decir que si el nuevo contrato es posterior al 5 de junio/13, tendrá que indemnizar al propietario con lo que falte por cumplir el primer semestre o con el importe de cuatro meses y pico, si se estableció penalización.
Olvidé decir que si el nuevo contrato es posterior al 5 de junio/13, tendrá que indemnizar al propietario con lo que falte por cumplir el primer semestre o con el importe de cuatro meses y pico, si se estableció penalización.
señor pedro fecha de que nuevo contrato si es del que me quiero ir a vivir ahora mañana lo voy a firmar y dijimos que seria con fecha de 4 de 0ctubre
El casero puede pedir que le indemnice con el importe de los meses que faltan hasta cumplir el año.
Si tanto le interesa dejar este piso, negocie con el arrendador la resolución del contrato.
Fecha del nuevo contrato?
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es