El colchón de nuestra casa es un desastre y la casera no nos lo cambia ¿justifica que rescindamos el contrato?
Firmamos un contrato por un año , llevamos viviendo 4 meses y tenemos la espalda destrozada , de buenas maneras la hemos pedido un colchón en condiciones , ella se niega dice que en el inventario pone "un colchón" y es lo que tenemos. No aguantamos más y queremos irnos , el contrato la protege si nos vamos pero no está inscrito en el registro de propiedad. Yo , titular del contrato de arrendamiento , no tengo ingresos. ¿hay algo que podamos hacer?
Preguntado por:
lululibertad
Hace 15 años
Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (6)
Muelles ha sido el primero en contestar Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
lululibertad
inquilino/a
Muchas gracias por aclararme dudas....afortunadamente descubrimos que el apartamento no es una vivienda, sino que figura en el registro de la propiedad como un despacho. Con lo que automáticamente se rescinde el contrato , y tomaré las medidas oportunas. Un saludo
lululibertad Es que si te vas incumpliendo el contrato, olvidándonos ya de las cláusulas abusivas que contenga, sí tendrías que pagar una indemnización al arrendador. Como mínimo el tiempo que esté el piso vacío hasta que otro inquilino te sustituya... Y aunque sólo fuera un mes, ya te sale más barato comprar un colchón... Cuando te marches del piso te lo llevas y coges uno de los que se ven frecuentemente junto a los contenedores de basura... y allí se lo dejas. ¿No dice que pone "un colchón"? O si no le pones uno de cuna que al fin y al cabo "también es un colchón". Eso sí, no eches muchas raíces es esa casa puesto que ya sabes qué clase de casero tienes. En cuanto puedas irte sin incumplir el contrato... hazlo.
En primer lugar dicha cláusula no es en absoluto abusiva, sino muy corriente y del todo lógica. Usted, al firmar el contrato se compromete a permanecer en el piso durante un año, es aquí donde "ejerce su libertad", dándole ello derecho a permanecer en la vivienda hasta 5 años de desearlo así. El casero, en cambio, no puede "ejercer su libertad" y echarlos, ni dentro de ese primer año, ni durante lo cuatro siguientes si así lo desean. Es decir, que los contratos comprometen a ambas partes a cumplir lo pactado, y se firman para cumplirlos. Si no, intente imaginar la situación contraria, que su casero se presentase a los cuatro meses, sacase sus cosas y les pusiera de patitas en la calle, "ejerciendo su libertad". ¿Se conformarían?
Por tanto, en caso de desistir anticipadamente del arrendamiento, podrán ser demandados por incumplimiento de contrato. Y dado que el incumplimiento efectivamente se ha producido, según la jurisprudencia mayoritaria, serán condenados a pagar el número de mensualidades que resten por cumplir hasta la finalización del contrato o hasta que se alquile de nuevo (lo que antes suceda), así como las costas judiciales originadas.
En cuanto al pago de la deuda, a pesar de que usted actualmente no posea ingresos, yo no correría tanto en afirmar que "no conseguirá nada". De dicha deuda responderá usted con sus bienes presentes y futuros, lo que significa que aunque ahora no tenga medios, en un futuro, cuando usted posea una nómina, una cuenta bancaria, un coche o cualquier propiedad, le serán embargados para saldar su deuda.
Por todo ello es por lo que en mi anterior respuesta les sugería la compra de un colchón a su gusto, que supondría menos de una décima parte de gasto que ser demandados y parece la solución más sencilla para ustedes.
Mi intencion , en primer lugar aclarar...no es quedarme alli a vivir sin pagar , sino irme de la casa.... puesto que no me pone un colchón yo quiero irme de la casa , de buena fe , ella no me pone el colchón y quiere que la pague el año entero , sin opción alguna a negociar . soy buena inquilina , pago el día 1 de cada mes y las facturas en cuanto tengo conocimiento del importe. hablé con un abogado y me dijo que las cláusulas del contrato son abusivas en cuanto a que he de pagar un año si me voy antes del final del contrato y que yo tengo que llevar los costos del juicio gane o pierda y la ley me protege ante ello.¿es cierto? no quiero hacer el mal...solo irme...me parece justo que pueda ejercer mi libertad...y lo de los ingresos es porque sino los tengo por más que me denuncie no conseguirá nada...pero no quiero problemas...
Al firmar el contrato lo hicieron recibiendo según el contrato todo en debidas condiciones y así lo han de entregar. Si al finalizar el contrato aparece algún desperfecto se lo deducirán de la fianza. Por eso al entrar en el piso se revisa todo, muebles, electrodomésticos ... y si se ve algo defectuoso, desperfectos, averías,... se comunica por burofax con acuse de recibo para que haya constancia al final de contrato de que no estaba todo en perfectas condiciones y así no deducírselo de la fianza, una vez revisado el piso y todo, se debe incluir en el documento de final de contrato los desperfectos, averías, consumos pendientes ( o lectura contadores), firmando ambos el documento y una copia para cada uno. El arrendador antes de un mes deducirá de la fianza el importe de lo citado pagando la diferencia, previa presentación de facturas. El que no esté inscrito el contrato no lo invalida. Será una sanción administrativa. Si se van a mediados de año es inclumplimiento de contrato y, cado de demanda judicial. Muchos gastos, abogados, procuradores, costas judiciales. Pueden negociar con el casero y perdiendo una o dos mensualidades firmar documento de rescisión contrato con conformidad. Así no habrá demanda judicial. Sino tendrá que estar todo el año y comunicando por burofax con acuse de recibo con preaviso de 30 días ( o más si figuran más días en el contrato) antes de la finalización de la anualidad. Por el colchón pueden comprar otro y cuando se marchen dejan el viejo para el inquilino. Saludos,
Siento decirle que no es motivo suficiente (ya que no entra dentro de ninguno de los recogidos por la LAU) para desistir del arrendamiento, por lo que si lo hicieran serían penalizados igualmente.
También informarles que no es necesario inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad, y que su contrato es perfectamente válido y legal.
Respecto a que es el titular y no tiene ingresos, no acabo de entender bien qué quiere expresar con ello (o quizá prefiero no imaginarlo).
La única solución, además de fácil y factible que yo veo, es que ustedes compren un colchón a su gusto, conservando el viejo, y que cuando finalice la anualidad del contrato, si siguen queriendo marcharse, salgan con su colchón bajo el brazo dejando el viejo en su sitio.
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