Eh firmado un contrato de alquiler de un año. Tengo una clausula que pone "llegada la fecha, el contrato quedará extinguido sin posibilidad de ningún tipo de prórroga" y después otra que pone "de acuerdo con Ley de Arrendamientos urbanos, y una vez transcurrido 1AÑO de alquiler, será causa de resolución que el arrendador necesitara ocupar la vivienda para él mismo o para un familiar directo, siempre que lo pre avise con una antelación de 3 meses" "Este contrato se extinguirá por la concurrencia de las situaciones referidas en el Artico 28 de Ley Arrendamientos Urbanos". -¿¿Puede echarme a los 6 meses de contrato y con un mes de aviso?? mi contrato finaliza en Mayo de 2018. Yo tengo tengo todo pagado al día y la vivienda se encuentra tal y como se me dejo. Les agradecería que me orientaran lo antes posible ya que queda una semana para que me echen, según él.
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