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Javier

inquilino/a

Pago Indemnización
Hola, tengo la siguiente duda. Soy inquilino y  tengo un contrato de 1 año, pero por temas de fuerza mayor me voy del piso a los 6 meses. Avise con 2 meses de antelación. El tema es que ella dice que la indemnización por dejar el piso antes del año, es de una mensualidad completa, pero según yo, mirando el contrato y la ley de alquiler articulo 11 los cuales dicen  "los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización." interpreto se paga proporcional a los meses que quedan para cumplir el año, yo calculo que si me quedan 6 meses del año de contrato debiese pagar la proporción equivalente a la mitad de la mensualidad. Estoy en lo correcto? 
Muchas gracias!
  • Preguntado por: Javier
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Javier

    inquilino/a

    Muchas gracias a ambos!
    • Respondido por: Javier
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Coincido con la respuesta de Piscis... hay caseros que, tres años después de la modificación de la LAU todavía se resisten a conocer sus límites.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si en el contrato no se especifica que estas obligado a pagar una indemnización por desistir anticipadamente del arrendamiento, no tienes que pagar nada, pero si lo pone, la indemnización es tal como has calculado, media mensualidad de renta. 
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