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Vamos a dejar el piso a final de mes y la casera nos reclama el pago de los recibos del agua de los seis años transcurridos.
Mi novio vive en este piso desde agosto de 2009, en ese contrato sí se recoge que el inquilino paga los suministros de electricidad, teléfono y agua. Sin embargo, la casera, nunca domicilió ni envió los recibos del agua.
En julio de 2012 cambiamos la titularidad del contrato para incluirme a mí en el mismo y, como en la práctica no pagábamos el agua, eliminamos la mención al abono de este suministro por lo que, de los tres últimos años, ¿entendemos que no nos correspondería ya que no se recoge en el contrato?
¿Es legal que nos reclame los 1.600? aproximadamente de consumo de los seis años pasados?
¿Podríamos hacer la distinción entre antes y después de julio de 2012?
Finalmente, le queda por devolvernos una de las fianzas y tememos que con la excusa del agua no nos la va a devolver. ¿Qué podemos argumentar para aclarar esta confusión?
Muchas gracias de antemano.