¿Me pueden obligar a pagar un año entero de alquiler si me voy antes del primer año?
Estoy buscando para comprar, pero mientras estoy de alquiler. Como vuelvo a firmar contrato este septiembre, me comentó una amiga, que tuviera cuidado que habían cambiado la ley, y que era posible si me iba antes de completar el primer año del nuevo contrato, que me hicieran pagar el año entero.
Preguntado por:
mjmadridmontes
Hace 15 años
Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
No ha cambiado la ley. Seguimos con la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
Y sí, la jurisprudencia mayoritaria establece que si el inquilino desiste antes de cumplir una anualidad (sea la primera, la tercera o la quinta) deba pagar al arrendador los meses que queden hasta que se cumpla esa anualidad o hasta que el piso se alquile de nuevo. (Además de las costas del juicio que es lo más caro)
Pero todo eso es si el casero te demanda y acabáis en los tribunales. Para evitar llegar a ese extremo, caseros e inquilinos intentan llegar a un acuerdo por el cual el inquilino paga una indemnización al casero (un par de meses de renta) a cambio de firmar una resolución de contrato de mútuo acuerdo.
En un contrato hecho por un año, se prorroga automáticamente hasta los 5 años. Hasta entonces el dueño no puede echarte pero tú puedes irte al finalizar cada año con preaviso de 30 días. Si lo haces a medioados año te pueden demandar los meses restantes. Lo único que puedes hacer es incluir una cláusula en el contrato que te permita desistir unilateralmente del contrato con preaviso 30 días o más pero avisando en cualquier mes. Saludos,
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