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bla bla bla... y al final con letras bien pequeñitas diciendo que si queremos seguri contactemos con ellos. No sabemos que pasara,
Hola alicia:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura- copie y pegue la siguiente dirección en su navegador - del siguiente artículo:
http://letradosalquileres. Es. Tl/duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013. Htm
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.t
Si llevan diez años con el mismo contrato se encuentran en tácita reconducción -prórroga legal- y habría que leer ese contrato para saber si efectivamente deben marcharse el 30 de agosto o tienen derecho a permanecer mas tiempo.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).