Hola Dianaa:
Usted no puede legalmente rechazar la entrega de las llaves alegando que sus arrendatarios no deseen reflejar el estado de la vivienda en dicho momento, puesto que lo primero -extinción del contrato por causas previstas en la ley - es independiente de lo segundo- posible responsabilidad del arrendatario por el estado de la vivienda -. Por lo tanto, le sugiero que acepte las llaves y que dicha entrega sea plasmada - esa sí - por escrito.
Respecto al estado de la vivienda, como ya le dije, usted es libre de imputar a la fianza los desperfectos que crea imputables a un mal uso o negligencia del arrendatario, pues será éste quien si no está conforme con los mismos quien tendrá que reclamárselos judicialmente, debiendo ambas partes probar por medios válidos en derecho los hechos que se aleguen y esperar a que el juez en primera distancia y la Audiencia en segunda quien determine al vencedor en el litigio.
Reciba un cordial saludo
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