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Hola,
La inquillina nos anunció el 30 de julio que por razones laborales rescindia el contrato al quinto mes.
Además, actualmente nos adeuda de los servicios que no paga desde junio, un total de 449,91 €.
El contrato es con avalista personal (porque ya inicialmente no pudo demostrar ingresos para los que el alquiler no supusiera más del 40%) y con una fianza de dos mensualidades por ser un piso con electrodomésticos completos.
Con toda la buena voluntad del mundo por nuestra parte, estábamos dispuestos a admitir que se fuera y quedarnos uúnicamente con la parte sobrante de la fianza (100,00 €), después de restar el mes de agosto que no pagó y los servicios adeudados, con la entrega de llaves y del piso.
Pero no ha sido posible el acuerdo; ella insiste en que tiene una abogada y que puede dejar el piso cuando quiera y que le tenemos que devolver la fianza. No sabe también, mal por el avalista, que seguramente acabará complicado, sin tomar parte en el desacuerdo.
Por tanto no nos deja otra alternativa que denunciarla.
- ¿Puede hacerse por monitorio?
- ¿Cuáles serían los pasos a seguir?
Muchísimas gracias a todos.
Para dar por terminado un contrato es preciso que se haya cumplido el plazo pactado si no es así el que esté dispuesto a cumplir ese plazo tiene derecho a exigir al incumplidor una indemnización por incumplimiento.
Si está hablando de dar por terminado un contrato sin cumplir el plazo estipulado debería leer esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/02/alquileres-indemnizacion-por.html