Hola Ana:
Usted puede desistir del contrato pasados los 6 primeros meses de vigencia del mismo (este requisito lo cumple) siempre que lo comunique fehacientemente al arrendador con al menos 30 días de antelación, y únicamente tendrá que pagar la penalización del artículo 11 LAU 1994 si expresamente se pactó en el contrato.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl