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Costa

Costa

inquilino/a

¿Me corresponde que me devuelvan la fianza por causa mayor?

Mi caso: El pasado 28 de mayo de 2015 a través de una agencia inmobiliaria, firmé un contrato para alquilar una vivienda, pagando en ese momento la comisión a la inmobiliaria (1 mes de alquiler) y la misma cantidad a sus propietarios, a continuación di orden a mi banco que hiciesen una transferencia bancaria periódica mensualmente de la renta que acordamos. He pagado puntualmente, junio y julio, pero la cuestión es esta: el día 12 de julio a mi madre le dio un Ictus cerebral, y yo desde ese día he estado a su lado tanto en el hospital, como en su casa ya que es una persona dependiente totalmente desde ese problema.   Cuando sucedió esto le comuniqué a los propietarios mi situación y que a final de julio, les entregaría las llaves de la casa, como así ha sido, les he explicado por activa y pasiva que estaba a gusto en la casa, pero por FUERZA MAYOR, he de cuidar a mi madre ineludiblemente, trasladándome definitivamente a su casa.   Los propietarios no me quieren devolver la fianza, basándose en este artículo que existe en el contrato:   "TERCERA.- La duración se establece por un año, no obstante transcurrido ese periodo, se considerará prorrogada por periodos anuales, hasta un máximo de tres años, si ninguna de las partes notifica a la otra su deseo de extinguir el contrato con un mes de antelación como mínimo, al vencimiento pactado inicialmente"   CONSIDERACIONES: Todos los recibos de agua y electricidad, me los han cargado en mi cuenta y he pedido que cambien la titularidad e indique su cuenta. No he avisado con un mes de anticipación, ya que el Ictus a mi madre le dio el día 12 y hasta una semana después y hablando con mis hermanos, no llegamos al acuerdo de quien podía hacerse cargo de nuestra madre, en este caso me corresponde a mí por no tener cargas familiares y vivir sola.   Tan pronto conocí esto, se lo comuniqué a las propietarios y mis hermanos, se encargaron de recoger mis pertenencias y limpiar el piso, las llaves se las entregué a la esposa del copropietario, sin que mediase documento alguno.   Le pedí que me devolviesen la fianza y la esposa dijo que eso era cosa de su marido, el cual no asistió a la entrega de llaves y verificación del estado del piso.   A las pocas horas recibo una llamada telefónica del propietario que dice que como no he avisado con anterioridad que yo he roto el contrato y que no me pertenece la fianza por lo que no piensa devolvérmela.   Estoy perdida, ya que considero que antes que nada está por encima mi obligación de cuidar de mi madre que no puede hacer nada sin mi ayuda.   Ruego encarecidamente, que me ayudéis y si existe alguna documentación en Internet me digáis donde ya que mi situación económica es bastante precaria.   Muchas gracias por anticipado a las personas que ayudan altruistamente.

  • Preguntado por: Costa
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
eess ha sido el primero en contestar
eess ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola Lo que es o deja de ser "fuerza mayor" lo decide el juez, no una de las partes. Sin esa decisión judicial, el arrendador tiene derecho, como mínimo, a cobrar los seis primeros meses de renta. Y medio mes más, si el contrato contempla penalización por desistimiento anticipado.
    Así que si se conforma con menos que eso, yo que usted no armaría jaleo y firmaría el finiquito sin rechistar.
    Que se mejore su madre.
  • Iban

    Iban

    casero/a

    Hola costa. La ley de arrendamientos no contempla la liberacion del contrato por el motivo que mencionas. Incluso el arrendador puede obligarte a cumplir los primeros 6 meses del contrato. Así que dentro de lo que cabe me parece un buen trato que se queden solo con la fianza y no te reclamen los 4 meses que faltan. Un saludo.
    • Respondido por: Iban
    • Hace 9 años
  • eess

    inquilino/a

    La LAU creo que no contempla un caso de fuerza mayor como el tuyo. Esta claro que la nueva LAU favorece y protege al arrendador. Y considera al arrendatario un presunto delincuente.  Si el propietario tuviera madre sabría por lo que estás pasando y no le cabria en el corazón "retenerte" la fianza.  Si tienes tiempo puedes investigar si la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) contempla alguna excepción al obligado cumplimiento de los 6 meses. Y si encuentras algún artículo que te ampare, enviale al propietario un burofax indicandole que te devuekva la fianza, comentando tus circunstancias brevemente y advirtiendole que si no te la devuelve procederás a las actuaciones legales que consideres oportunas. El burofax sobretodo con acuse y recibo (un poco más caro pero es imprescindible) Puede que con el burofax se asuste o no quiera complicarse la vida y te la devuelva. Y sino te la devuelve, siempre tienes la opción de asistencia legal gratuita. Te puedes informar en tu ayuntamiento.
    • Respondido por: eess
    • Hace 9 años
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