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El último año nos hicieron una rebaja de 100€
Hola,
¿Esto de qué os podíais ir dentro del segundo año era de palabra o está en el contrato? Si no está en el contrato me remito a mi respuesta.
http://www.abogadoarrendamientos.com/portal/web/guest/contacto
Por cierto, espero que esa rebaja no sea verbal, pues en caso de tener problemas, cualquier abogado, con el contrato en la mano, reclamará rentas e indemnizaciones en funcion de la renta pactada en el contrato..
__ Pedro Martinez
Abogado
Apuntar un dato a la respuesta de javiersantander.
Si en el contrato aparece que es de obligado cumplimiento el primer año y q luego os podéis ir, eso no exime de tener que pagar una indemnización
¿Figura en el contrato que pasado el primer año os podeis ir en cualquier momento avisando con un mes?
Si es así no os puede pedir indemnizacion.
Si no figura u solo fue un acuerdo verbal, salvo que puedas demostrar ese acuerdo tienes que cumplir la anualidad.
Relee tu contrato y cumple lo que ponga en él.
Gracias. Creo que no me he explicado bien ...
la situación es la siguiente :
nuestro contrato es obligatorio el 1er año, y a partir del 1er año nos podiamos ir cnd quisieramos, nos dijo que solo avisando con un mes era suficiente. Pero ahora nos exige dos meses de antelacion para irnos y avisarle. Si no cumplimos esos dos meses de aviso, nos los hace pagar.
Esta en su derecho ? Gracias :)
Os váis a ir ya o cuando la prórroga cumpla dentro de tres meses?
Si os váis ya y aún quedan tres meses para que la prórroga anual en curso se cumpla es lógico que el casero os pida esa indemnización por incumplimiento de contrato, como apunta Josep.
Os podría pedir incluso tres mensualidades, pero si os ha pedido sólo dos imagino que será el tiempo que él considere que va a tardar en alquilar de nuevo.
El arrendatario no tiene derecho a desistir del contrato, por lo que el arrendador puede reclamarles las rentas que quedan hasta el fin del contrato y una indemnización por daños y perjuicios.
www.abogadoarrendamientos.com