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Llevo 5 años en alquier en un piso, he renovado por otros 3 años más. Ahora llevo 3 meses del 6 año, quiero dejar el piso para irme a otro. ¿puedo marcharme avisando con 1 mes de antelación? ¿me obligarán a cumplir todo el año que queda? Gracias y un saludo
Ante todo le conviene leer atentamente esto:
http://www.pedrohernandezabogado.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
Al otro piso al que me voy, sin amueblar (solo concina) ¿Estan obligados a entregarme el piso pintado y limpio? ¿Tienen que darme de alta en los suministros (agua, gas, luz) aunque yo luego pague las facturas?
No, debo recordarle el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado y sus prórrogas, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Conforme a la lau se encuentra en prórroga tácita hasta que cumpla el sexto año, si desea marcharse antes deberá pactar con la propiedad las condiciones de esa salida anticipada.
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/