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En su momento dejé una fianza y nunca hemos tenido ningún problema.
gracias
Hola Eva:
Coincido con la respuesta de la Sra Amparo. Encontrará más información en el siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Pues si tu contrato era de un año y prorrogable... al cumplir 8 años entró en lo que se llama tácita reconducción, es decir, prórrogas mensuales si la renta se pactó mensual o anuales si la renta se pactó anual... Lo que significa que cualquiera de las partes puede dar el contrato por finalizado, cada mes, o cada año...
La fianza deberá devolvértela si el piso queda tal y como se te entregó, excepto el deterioro inevitable producido por el paso del tiempo (no por el uso).
Saludos - Papeleos Alquiler.