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Local de alquiler a una empresa.
La fianza se establece a cuenta de posibles daños al local o vivienda. Ni la pintura, ni su ausencia son daños a un local; a menos que haya zonas en el mismo donde se aprecien rascaduras, desconchados o similares, que entonces sí deberán ser pintadas a cuenta de dicha fianza; si en su momento el local se entregó con todos los paramentos enlucidos y pintados.
Saludos cordiales.