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Vanessa82

inquilino/a

Tengo que irme de un piso alquilado antes del mes. Qué consecuencias puedo tener? (Llevo 2 años en contrato de 5).

Levo casi 2 años en un piso de alkiler, y necesito irme a otro de un familiar q no pagaria nada. Pues no tengo buena situacion economica... Mi contrato es de 5 años, He kerido llegar a un  acuerdo con el propietario de en vez de darle 30 dias, darle 15. Y se han negado, Tengo 2 meses de fianza, que puede pasar si me voy antes del mes....? El piso está en perfectas condicones, y mejor d lo q estaba cuando lo cojí... Le he comentado q le dejaria el piso recien pintado y le dejaria espejo del WC que no había cuando entre, q le dejo, lamparas... etc etc y me ha dicho q a ella eso le es indiferente..... Que puedo hacer para irme lo antes posible? Gracias Saludos. Ademas hace 2 semanas q no me funciona el sacensor y no lo arreglan, puedo reclamar? Gracias Mil!

  • Preguntado por: Vanessa82
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es caso de recordarle que debe considerar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Aunque en el contrato de arrendamiento no aparezca previsto el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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