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Manuel2002

casero/a

Mi inquilino se marchó dejando cuantiosos destrozos en el inmueble, ¿qué hago?

Hola, en mi caso, mi inquilino se marchó del piso sin previo aviso antes de expirar el plazo mínimo exigido en el contrato. En dicho contrato se establece que en tales circunstancias la garantía de daños me pertenece automáticamente. el problema es que sabiendo que no tenía derecho a reclamar la garantía, Me dejó el piso hecho una pena. muebles rotos, paredes manchadas, 3 de las persianas eléctricas no funcionan, etc. Mis seguros en principio, no se hacen cargo de los dersperfectos, Qué puedo hacer? me corresponde la carga de la prueba? , Porque es casi imposible demostrar los hechos. Por no decir que está en paradero desconocido. Os agradecería cualquier solución o consejo!

  • Preguntado por: Manuel2002
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente existe el delito de daños intencionados: El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con la pena de multa de seis a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño, si éste excediera de 400 euros, susceptible de denuncia.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Manuel2002

    casero/a

    Gracias, en principio no creo que tenga trabajo y un proceso civil puede salir caro. Cabría calificarlo en algún tipo penal?

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si piensa que va a tener difícil la reclamación porque el inquilino no tenía un empleo fijo, no le vale la pena seguir. En caso contrario (si piensa que tenía un empleo fijo) debería hacer fotografías, y encargar la reparación a una persona que le de factura, igualmente respecto de los objetos rotos que tenga que reparar, y puede intentar demandar a su inquilino; pero no deje pasar más de un par de meses. www.asistencialegal.net
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