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Hola, a ver si alquien me puede ayudar, tengo muchas dudas.
Me alquilaron mi piso como vivienda por un año prorroglable y a los 5 meses se han marchado, dejando muchos desperfectos en el piso. Aún estoy en el mes que me permite la ley pare devolver la fianza, no he firmado ningún documento de finalización por que no se como actuar en este caso, ya que me están venga a llamar para reclamarme la firma de este documento y la fianza.
Por lo que he leido puedo reclamarles una indemnización por finalización anticipada y retenerles la fianza hasta que haya arreglado los desperfectos, incluso reclamarles el importe de los desperfectos si este es mayor que la fianza, ¿es así?.
¿Como debo actuar? yo no me quiero enriquecer, esto me está causando mucho estres ya que no se que debo hacer, es la segunda vez que alquilo mi vivienda (ya que yo no puedo pagar de otra forma la hipoteca.
Ruego ayuda y consejo. Muchas gracias
Anonima19479 si piensa alquilar por tercera vez esa vivienda, sin perjuicio de las acertadas respuestas, debería leer atentamente el DECALOGO DEL CASERO ysi prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Tiene que hacer varias cosas
-Firmar la rescision del contrato, si no lo hacen , el contrato sigue en vigor, es decir que a los inquilinos les conviene.
-Firmar los daños y desperfectos que hubiera, esto es sumamente dificil,
-No devolver la fianza en ningún caso.
-Con todos los recibos pendientes , los que queden por venir, el contrato de alquiler, la rescision firmada y el inventario (si puede) acudir a un abogado especialista en alquileres que reclamará en el juzgado .
La reclamación de recibos pendientes es fácil,
Puede conseguir con un buen abogado, todos los meses que esté sin alquilar el piso , los abonen, sus exinquilinos ,
El tema de los desperfectos es mas complicado, a no ser que la casa esté totalmente destrozada.
Si se marchan anticipadamente no tienes porque devolver la fianza.
siempre que se abandona una vivienda es inexcusable firmar el documento de fin de arrendamiento, en este contrato se reflejará todas las incidencias o desperfectos. El arrendador dispone de 30 dias desde la firma de este contrato para devolver al arrendatario la fianza, y solo podrá descontar de esta los suministros consumidos por el arrendatario y lo reflejado en el contrato de fin de arrendamiento.
si no quiere firmarlo, cuanto antes acuda a un abogado, antes recuperará su vivienda y todos los gastos de los desperfectos y suministros.
saludos
oscar