Para qué sirve la fianza?. Dado que se trata de una cuestión muy planteada ante los tribunales y el art. 36 LAU nada dice al respecto, serán los jueces los que tendrán que establecer para qué sirve la fianza. Así, la cuestión principal a esclarecer es:
¿la fianza sirve para garantizar todas las obligaciones del arrendatario (incluidas las obligaciones económicas) o sirve sólo para garantizar los posibles daños y desperfectos ocasionados en el inmueble?. Pues bien, los jueces vienen determinando que la fianza se presta para garantizar al arrendador el cumplimiento de las obligaciones del inquilino, tanto de las económicas como de las de buen uso del inmueble arrendado. Con arreglo a ello,
el inquilino no debe dar por cobrado ningún mes de renta u otras cantidades económicas bajo pretexto de que el arrendador tiene un dinero que es suyo, ya que estaría decidiendo, unilateralmente y antes de terminar el contrato, la finalidad de ese dinero, dejando en la práctica el contrato carente de fianza.
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