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Miki

inquilino/a

Fianza como pago de último mes
Hola alquilo una casa desde hace tres anos y de repente el dueno me llama para subirme el alquiler .le digo que no me parece justo y un mes más tarde me llega una carta diciendo que tengo un mes para abandonar la casa que el.contrato se rompe ya que justo había vencido.en el contrato que firmamos hace tres anos pone que la fianza que se puso no puede utilizarse como pago de último mes de alquiler y que se devolverá un mes más tarde desde mi salida de casa..es eso legal ? Si en el contrato pone que no vale como último pago del mes no lo puedo hacer o si?gracias .
  • Preguntado por: Miki
  • Hace 6 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
nacho ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Miki:
    Coincido con la respuesta de mi compañero PHOLMO y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
    https://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    Reciba un cordial saludo. https://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como describe l situación ese contrato se encuantra prorrogado hasta que cumpla los cuatro años. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a



    Para qué sirve la fianza?. Dado que se trata de una cuestión muy planteada ante los tribunales y el art. 36 LAU nada dice al respecto, serán los jueces los que tendrán que establecer para qué sirve la fianza. Así, la cuestión principal a esclarecer es:   ¿la fianza sirve para garantizar todas las obligaciones del arrendatario (incluidas las obligaciones económicas) o sirve sólo para garantizar los posibles daños y desperfectos ocasionados en el inmueble?. Pues bien, los jueces vienen determinando que la fianza se presta para garantizar al arrendador el cumplimiento de las obligaciones del inquilino, tanto de las económicas como de las de buen uso del inmueble arrendado. Con arreglo a ello,   el inquilino no debe dar por cobrado ningún mes de renta   u otras cantidades económicas bajo pretexto de que el arrendador tiene un dinero que es suyo, ya que estaría decidiendo, unilateralmente y antes de terminar el contrato, la  finalidad de ese dinero, dejando en la práctica el contrato carente de fianza. https://www.abogadosparatodos.net/devolucion-de-la-fianza-en-el-arrendamiento-impago-de-alquiler/
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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