Antonio, en primer lugar habría que conocer el alcance de su frase:
mi casero me acaba de decir que le es imposible proceder a la revisión de la vivienda, entrega de llaves y devolución de la fianza el último día de contrato y me propone hacerlo 20 días después; es decir si eso se lo ha dicho de palabra o tiene vd constancia de ello, ya sabe, -
Verba volant, scripta manent-, Las palabras se las lleva el viento. Convendría por lo tanto que le contestara, de modo fehaciente, que vd necesita tener constancia de que el alquiler queda extinguido a fin de mes y que por lo tanto designe a una persona que reciba las llaves y le entregue recibo de ello. En el caso de que su casero no accediera a esa solución, no le queda otra que hacer un reportaje fotográfico de la vivienda y dejar las llaves en una notaría a disposición del casero.
Pedro Hernández Olmo, abogado