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Próximamente dejaremos el piso de alquiler. Nos hemos leido el contrato que firmamos hace un año, donde indica que el inmueble se entrega en perfecto estado, al cabo del tiempo nos hemos dado cuenta de que no era asi puesto que todas las persianas funcionan muy mal, y alguna puerta corredera va muy dura. Esto nos lo pueden reclamar y descontarlo de la fianza, si nosotros no lo hemos roto?
Gracias.
Entiendo que es posible que el arrendador les retenga la fianza o una parte de ella con la obligación de aplicarla, por vía de compensación, hasta donde alcance la responsabilidad pecuniaria a cargo de usted, del arrendatario, tal y como dice la sentencia de la AP de Barcelona , Sección 15ª, en un Auto de 11 de diciembre de 2006.
Se trata de saber si las persianas ya funcionaban mal o no, o como estaban cuando alquilaron el piso, si la reparación de las persianas iba a su cargo en función de lo dispuesto en el art 21.4 LAU: las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
En todo caso, si el arrendador decide arreglar persianas o puertas con el importe de la fianza, debe darles la factura del coste y devolverles lo que sobre.
Vea los siguientes enlaces:
http://abogadoarrendamientos.wordpress.com/2011/07/21/¿tengo-que-pag…r-una-vivienda/
http://abogadoarrendamientos.wordpress.com/2011/09/24/obras-de-repar…-su-vivienda-2/
Josep Térmens Viñas.
Abogado de Barcelona