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Sannamumba

inquilino/a

Dejar un piso antes de las seis meses, si tengo un contrato para un ano

Hola! Estoy una austriaca en Espana, por eso por favor perdone mi espanol mal. Quiero alquiler un piso y tengo un contrato de un ano. El problema es que no estoy seguro cuanto tiempo voy a ser en Enspana. Mi contrato dice que hay una indemnización con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta.  En el internet leo lo siguente:  " Si el arrendatario se marcha antes de seis meses, el arrendador puede exigirle que pague, como indemnización por terminación, las rentas hasta cumplir los seis meses. Dado que la Ley únicamente reconoce esta posibilidad de desistimiento una vez transcurridos los 6 primeros meses, se entiende que  este es un plazo mínimo de obligado cumplimiento  para el arrendatario, por lo que si quisiera desistir antes,  el arrendador puede exigir que el arrendatario le pague las rentas de todo el período que falte por cumplir hasta los 6 meses , en un único pago." Mi contrato dice nada de esto. Mi pregunta es, es un ley general in Espana o es una clausula que tiene que estar escrito en el contrato? Si yo dejar el piso despues de 3 meses, que son los consecuencias? Gracias por su ayudo, es dificil alquiler si no conoce la ley bien.

  • Preguntado por: Sannamumba
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,
    Veo que leyó dicho artículo en mi blog.
    Esa penalización es una ley general, que se deriva de las consecuencias del incumplimiento: si te obligas por un año, deberías tener que cumplir un año completo, ya que el arrendador tiene la idea de que va a obtener todas esas rentas.
    La ley te dice que, a partir de los 6 meses, puedes irte del contrato con una penalización limitada, pero no dice nada sobre los 6 meses anteriores. Por ello, los jueces entienden que hay que pagar todas las mensualidades.
    No firmes un contrato sin consultar antes con un abogado.

    Un saludo,
    http://blog.desalvador.es/inmoconsultorio
    Especialistas en Derecho Inmobiliario.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si usted deja el piso a los 3 meses, tiene que pagar los otros tres hasta cumplir seis, aunque su contrato no lo especifique. Es la ley de arrendamientos. Además, y esto solo si lo especificara su contrato, tiene que pagar un mes de renta por año incumplido, o la parte proporcional. En su caso, como paga SEIS meses, solo INCUMPLE otros seis, con lo que la indemnización sería de medio mes de renta. En total, si se va a los tres meses, tiene que pagar 3 meses y si lo dice el contrato, medio más. Saludos  Papeleos Alquiler
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