Hace 12 días finalizó el contrato, dejé las llaves y el piso como estaba, y aún no me han devuelto la fianza, ¿q puedo hacer?
Como había confianza quedé en dejarle las llaves en el mismo piso y que me ingresaría la fianza en la cuenta corriente pero han transcurrido 12 días y aún no me ha ingresado nada, ¿se puede pensar en hacer algo legalmente? Gracias
Bueno, sugiero: Espera los 30 días de rigor. Luego, le pones un burofax con acuse de recibo y certificación de texto reclamando los trescientos y pico euros, que te dijo te iba a devolver al no haber desperfectos en el piso, y dándole 3 días más para que te los pague.
A los 3 días si no te los ha pagado, te vas al juzgado a ponerle una demanda de esa cantidad (no es obligatorio abogado ni procurador).
Pues no, no hay firmado ningún contrato de esos. El único que hay firmado es el de arrendamiento. Ella vino el día anterior al que me iba, ni miró el piso siquiera, hizo las cuentas de los recibos de luz que le debía que los cobraría de parte de la fianza y el resto me lo ingresaría y se largó. El tema es que el mismo día que me iba, la dueña tenía un asunto y no podía pasar por el piso a recoger las llaves ( y de camino darme el dinero), por lo que se las dejé a otra persona de su confianza para que se las devolviera, con lo cual ella me propuso ingresar lo que me debe en mi cuenta, puesto que la otra parte se la ha quedado en concepto de recibos de luz. La cuestión es que no termina de ingresarlos y el teléfono no lo coge, (salta el contestador) con lo cual estoy pensando que terminará quedándose con los 359 € que me debe. Respecto a lo que me comentas de ingresar la fianza en el organismo competente, dudo que esa señora haya ingresado la fianza ahí. De eso tengo yo constancia de que existe ahora que me lo dices. Cuando hablé por teléfono con ella (un día por casualidad) no me dijo nada acerca de eso que tú me comentas. Por tanto el dinero de la fianza lo tiene en su poder. De ahí surge mi pregunta inicial, si esta mujer se hace la tonta y decide no devolverme la parte que me corresponde ¿qué puedo hacer?. Por el momento seguiré esperando. Aunque consiguiera un contrato como el que dices, dificilmente podríamos firmarlo y tal, dadas las circunstancias.
PD: muchas gracias por todas las respuestas porque me estoy enterando de muchas cosas que no sabía.
Sí, pero los propietarios estamos obligados a ingresar la fianza en el organismo competente de nuestra Comunidad Autónoma.
Cuando el inquilino comunica que se marcha, reclamamos su devolución. Y suele tardar 30 días, que por otra parte son los que nos concede la ley para devolver la fianza.
Repito ¿Tienes firmado documento de fin de contrato sin desperfectos? Consejo:(dado que parece que ya no tienes tanta confianza en tu casero) Si no lo tienes consíguelo.
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