Buenos días, Hace un par de meses dejamos un piso que teníamos en alquiler para mudarnos a otro. Se lo comunicamos el día 1 de Noviembre verbalmente (por teléfono) al casero, el contrato finalizaba el día 1 de Diciembre (1 año después) unas 2 semanas después del contacto telefónico(14 de Noviembre) vinieron a casa porque querían aprovechar que dejábamos el piso para hacer obras, en este momento me comunican que ellos no han recibido comunicación oficial de que dejábamos el piso con lo que si realizábamos la comunicación el día 15 de Noviembre tendríamos que quedarnos hasta el 15 de Diciembre (y abonar lo correspondiente) tuvimos unas cuantas palabras en este momento ya que nunca habíamos tenido problemas con ellos y finalmente nos dijeron que no nos preocupásemos que el día 1 de Diciembre hiciésemos la entrega de llaves y que no había problema, dos meses después a día 31 de Enero de 2017 enviamos un mail al casero para preguntar por la fianza (ya que la habían depositado en el IVIMA y pensamos que llevaría un tiempo) nos responden telefónicamente desde la gestoría del casero que no nos van a devolver la fianza porque hemos incumplido el contrato (por no haber dado preaviso) por lo que me gustaría saber si están en su derecho de quitarnos toda la fianza en primer caso y en segundo: a nosotras nos han echado del piso el día 1 de Diciembre con lo que esos 15 días no los hemos podido disfrutar ya que nos dijeron que no había problema en que nos fuésemos y de saber que iban a hacer eso nos hubiésemos quedado hasta el final (más que nada porque no hubiesen podido empezar sus obras hasta después de Navidades); además tenemos correos del casero diciendo el piso está en condiciones aceptables y que la devolución de la fianza se está gestionando, por lo que me gustaría saber si se puede hacer algo. Muchas gracias por la ayuda. Un saludo,
Hola, Firmaste el contrato de fin de arrendamiento?? Siempre que se finaliza un arrendamiento, hay que plasmarlo en un contrato de fin de arrendamiento, en este contrato, se deberá reflejar en que condiciones está la vivienda en el momento de abandonarla, el estado de la luz, gas y agua, y que incidencias hay en el fin de arrendamiento. Una vez pasados 30 dias de esta firma, el arrendador le tendrá que devolver la fianza, y le podrá descontar o reclamar lo que en este contrato se refleje, y los contadores consumidos por usted. Si no se firmó dicho contrato, es como si el arrendador hubiera aceptado, además, los emails le pueden ser de gran ayuda, así que, si demanda, es más que probable que obliguen al casero a devolverle el 100% de la fianza.
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