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kao

inquilino/a

Fallecido único arrendatario del contrato
Buenos dias, Soy inquilina de una viveinda que ocupamos mi madre y yo. En marzo del 2016 estaremos en la 2ª año de prórroga del contrato de alquiler ( que firmamos mi madre, un hermano y yo) inicial de 5 años. Soy la tutora legal de mi madre que está muy enferma. Mi idea es dejar la vivienda cuando mi madre fallezca. Mi pregunta:  Cuando se cumpla el segundo año de prórroga podré firmar como tutora un nuevo contrato en el que figurase únicamente mi madre ?  Si ella falleciese durante la vigencia de ese nuevo contrato , ¿ los herederos tendríamos que responder ante el casero en la obligación de cumplir el año? O me aconsejan  que siga , ya el año que viene en el 3º y último año de prórroga?. La idea es no perjudicarnos económicamente una vez fallecida mi madre, logicamente respetando las obligaciones con el casero.  Desisto de ese tercer año de prorróga, firmando ese nuevo contrato
  ¿QUÉ ME ACONSEJAN? Gracias!!!
  • Preguntado por: kao
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si el contrato es anterior a 2013, deberá cumplir el plazo pactado, y, si está en prórroga, anualidades completas salvo que llegue a un acuerdo distinto con su casero. Le recomiendo que ese acuerdo se formalice por escrito.
      Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • kao

    inquilino/a

    Le comento que el contrato es ANTERIOR AL 2013 y lo firmamos mi made, un hermano y yo, que ocupo la vivienda con mi madre. por eso mi pregunta....PUEDO ABANDONAR EL PISO SIN TENER QUE CUMPLIR LA ANUALIDAD CUANDO MI MADRE FALLEZCA?
    • Respondido por: kao
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si ese contrato, como parece, es posterior a 6/6/2013, y no contiene ninguna cláusula penal, si su madre fallece, puede vd marcharse, desistir, sin ningún problema, preavisando con treinta días, el preaviso ha de ser fehaciente 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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