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Acabo de alquilar una vivienda y no soporto los ruidos de los coches, me quiero cambiar pero ya veo que estoy obligado a pagar el año entero como comentais.
Llevo un mes viviendo, supongo, que si justifico que la vivienda es insalubre?, o con algún justificante médico que justifique mi malestar, por otro lado las habitaciones tienen reverb (eco), supongo que no cumplen con la legislación referente a la sonoridad...
Gracias por vuestra ayuda
Cuando un inquilino se quiere ir nada mas entrar suele no ser consciente de que su desestimiento unilateral y caprichoso del contrato tiene un perjuicio rela para el propietario.
He visto poner excusas de todo tipo por parte del inquilinon en estos casos, porque no entienden que esto de los alquileres no es como los apartahoteles por dias.
Puede usted hacer los montajes necesarios para inventarse que la vivienda de repente es insalubre, pero si yo fuera su casero le llevaria delante de un juez a que le explique usted sus teorias físicas sobre insalubridad, reververaciones sonoras y ruidos de coches.
Después de todo quizás tenga usted algo de razón, pero si su posición es la de dar problemas por evitar asumir sus responsabilidades (cuanto menos no haber sabido seleccionar antes de entrar una vieinda acorde a sus gustos), creo que el que va a tener lor problemas va a ser usted porque claramente lo que quiere es poner excusas para no asumir sus responsabilidades contractuales.
Hoy no he aceptado la condiciones para alquilar una casa de vacaciones que conocian los futuros inquilinos a través de fotos detalladas,y a la que se les permitia entrar a revisasar antes de firmar el contrato porque me pedian 30 dias para decidir si se encontraba a su entera SATISFACCION.Imagina que en lugar de pintada de marron la quieren roja......Es evidente que si existe cualquier cosa estropeada y de la que no has sido informado previamente ,la repararas,pero de hay a un alquiler a prueba.Yo supongo que ya sabias el tipo de ruido que habria por la zona donde se encuentra el piso no?
Madre mia, y encima se autodenomina api y perito, impresionante.
Por norma general, los contratos són de obligado cumplimiento.
En serio, no me extraña que españa vaya como va, con estos "profesionales" que no tienen ni p_ta idea de su trabajo.
Lo más gracioso es la parte de "todos los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios", cuando todos los contratos són correctos y hay que firmarlos. En fin, ver para creer.
Más que christenerife parece chistenerife
Algunos arrendadores ponen esa cláusula de 30 o 40 dias para revision de desperfectos y sobre todo tendente a evitar posibles reclamaciones por inhabitabilidad. Si se diera el caso podrían o subsanarlo el arrendador o rescindir el contrato.
Es un acuerdo entre las partes que no perjudica al arrendatario, más bien le favorece. No es cláusula nula. saludos,
Me gustaría que la "profesional" christenerife explicase esa claúsula que según ella llevan los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios en la que se especifica que el arrendatario tiene 30 días para abandonar la vivienda por no estar cómoda. De dónde se ha sacado eso? Existe alguna ley, jurisprudencia... al respecto? En la LAU no dice nada de eso.
Eso no será un acuerdo entre las partes como la despenalización por finalización anticipada?
Hola buenas noches
Mi comentario referente a las dudas que en este momento te tienen confusa a que si puedes abandonar el piso en cual lo has alquilado, te comento que por norma general, todos los contratos que correctamente se hacen firmar a los arrendatarios , deben llevar una clausula donde te especifican que tienes treinta dias para informar al arrendador la desicion a abandonar la vivienda por no estar comoda en ella sea la causa que sea , es conveniente remitir al propetario un buro fax en cual has tomado la decicion de abandonar dicha vivienda .
En la cual nadie te obliga a que tengas q abonar todo el año o los meses que te quedan ,
Te puedes poner en contacto con esa persona donde le comunicas a interes tuyo la ideas que tienes de abandonar el piso verbalmente y asu vez no olvides de enviarle el buro fax para gustificar el abandono ok saludos
Chris tenerife
Agente de la propiedad inmobiliarai y perito judicial
www.serie5.net
Si llamas a la policia para que hagan una medición y te mandan una dotación, hazmelo saber, porque lo dudo.
Habla con el casero a ver qué te cuenta respecto al problema del ruido y hablale de la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler.
1-Yo intentaría ir por las buenas e intentar rescindirlo por acuerdo común y firmar ésto.
2-Si no quiere, puedes ofrecerle buscar nuevos inquilinos.
3-Si tampoco quiere, pues se puede llamar a la policía un día de mucho ruido para que hagan una medición acústica y poner una denuncia. Aunque éste último caso tiene muchos peros y cantidad de problemas...
Personalmente optaría por las 2 primeras opciones.
Amparo: Solo me has dejado recordarle al inquilino descontento que lea esto:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
Cito a nuestro experto Pholmo:
En estos casos conviene recordar la doctrina general en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble y su equipamiento varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Saludos - Papeleos Alquiler.