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Mi intencion cuando se acabe el contrato que firme por un año es marcharme del piso, a la firma del contrato le entrege 1 mes de fianza y 2 en concepto de aval ( meses adelantados), lo que me gustaria saber es si puedo no abonarle los dos meses ultimo y se cobre del "aval" y el mes de fianza me devuelva cuando deje la vivienda, a pesar de que los recibos de agua y luz los tengo a mi nombre. Otra consulta es con cuanto tiempo minimo debo de avisarlo y por que medio es mas efectivo? burofax, certificado o simplemente verbal. gracias de antemano
No, no puedes pagar la renta de esa manera porque lo entregado es una garantia de pago. Si dejas de pagar lo mas probable es que te demande.
Para no equivocarte, avisa con la antelacion que prevee tu contrato. La notificacion debe ser fehaciente, lo ideal es un burofax, nunca de forma verbal.
Pedro Martinez
Abogado