El inquilino se va antes del año y no quiere pagar nada
Hola, Alquilé un apartamento con un contrato de un año en el que se establecía una estancia mínima de 6meses. Solicitamos 2 meses de fianza a recibir en la firma del contrato. En el momento de la firma del contrato y entrega de llaves al inquilino éste nos indicó que haría la transferencia de la fianza al día siguiente. No lo hizo y dos semanas más tarde nos indicó que dejaba el piso. Según contrato debería permanecer mínimo 6 meses y además tenía una indemnización por finalizar el contrato antes de un año. Le hemos pedido únicamente el pago de 2 mesensualidades y se ha negado y se ha ido sin pagar. Tampoco ha pagado los recibos de consumos del mes que ha estado en el apartamento. Tenemos alguna opción de reclamarle lo que nos debe?
Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.
Cualquier tipo de garantía incluye depósitos en efectivo. Otra cosa es que "coloquialmente" se les denomine "incorrectamente" más meses de fianza...
Para responder a su pregunta sería necesario examinar el contrato y disponer de más datos. Por todo lo anterior, le sugiero que contacte con un abogado experto en la materia.
Debes de veririfcar como se ha hecho el contrato y de esta manera puedes hacer una reclamaacion. Tambien de igual forma tendras que hacer una demanda de desahuciio
Bueno la LAU contempla un mes de fianza y cualquier otra garantía adicional a la fianza ... que bien puede ser un depósito en efectivo de un mes de renta...
Habrá que ver cómo está redactado el contrato. Porque si contempla, que la propia firma de contrato es justificante de la entrega de los dos meses de fianza que solicitaste, esos dos meses puede darlos por pagados y tener difícil demostrar que se le deben. Por otra parte la LAU contempla un mes de fianza y no dos. Para futuros contratos téngalo en cuenta.
puedes reclamarle el pago de los 6 meses de obligado cumplimiento, la indemnización pactada y el pago de recibos impagados. Tendrás que poner una demanda de desahucio.
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