1.- Si el piso del que habla es su vivienda habitual el dueño del mismo debe respetar el arriendo hasta 30/09/2014,
2.-si desea que lo dejen antes debe indemnizar en la cantidad que decidan de común acuerdo,
3.- si no llegan a ningún acuerdo se aplica 1.-
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
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